Ley de obesidad y cuotas de las prepagas

Desde las prestadoras anticipan que la puesta en vigencia de ley de obesidad, que las obliga a incluir en el Plan Medico Obligatorio el tratamiento de las enfermedades asociadas a esa afección, podría ser fulminante: poco más del 17% de la población argentina es obesa.

La misma ley que tuvo un feliz y hasta original comienzo –fue impulsada desde el exitoso programa de televisión llamado Cuestión de peso- es la que hoy dispara los más oscuros augurios por parte de los directores de las empresas de medicina prepaga, quienes se mostraron disconformes con la novedosa reglamentación de la iniciativa que exigirá la cobertura del tratamiento de las enfermedades relacionadas con el sobrepeso.

Se trata de la Ley de Obesidad y Trastornos Alimentarios, sancionada a fin del año pasado y que desde este lunes cuenta con su reglamentación que fue publicada en el Boletín Oficial (BO). El principal objeto de esta normativa es exigir a las obras sociales y empresas de medicina prepaga la inclusión dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO) la atención, prevención y tratamiento de estas afecciones.

En boca de la mayoría de los consultados por iProfesional.com descansa la misma pregunta: ¿de dónde saldrán los fondos para cubrir, por ejemplo, un by pass gástrico que cuesta hasta $25.000?. Más aún teniendo en cuenta que poco más del 17% de la población argentina es obesa y que la nueva legislación alcanzaría a unos 7 millones de personas, según informó la Asociación Civil de Actividades Médicas Integradas (ACAMI).

Qué dicen la ley y la resolución
La ley de obesidad declara de "interés nacional" la prevención y control de los trastornos alimentarios, y contempla una asistencia integral y una rehabilitación de los pacientes, que incluye además sus enfermedades derivadas y las medidas que eviten su propagación.

La norma regula la comercialización, publicidad y promoción de alimentos de bajo aporte nutricional cuando éstos sean acompañados con juguetes, premios y demás incentivos que promuevan su consumo por parte de los niños.

La legislación fija condiciones para la calidad de los productos promocionados como de bajas calorías y establece que los alimentos con alto valor calórico deberán llevar la leyenda: "El consumo excesivo es perjudicial para la salud".

Por otra parte, prohíbe que los medios publiquen dietas o métodos para adelgazar sin respaldo de un profesional, contiene medidas consideradas antidiscriminatorias por los que sufren trastornos alimentarios y establece los lineamientos para la realización, desde el Estado, de campañas de difusión dirigidas a la población, hacia grupos de riesgo en particular.

La flamante resolución 742/2009 (publicada el lunes pasado en el BO) pone en marcha un nuevo y generoso Programa Médico Obligatorio (PMO) que incluye, dentro de las prestaciones básicas esenciales, la cobertura de la obesidad en los pacientes.

De acuerdo con dicha norma, “..quedarán incorporadas al PMO la cobertura del tratamiento integral de los trastornos alimentarios, según las especificaciones que a tal efecto dicte la autoridad de aplicación”.

De ahora en más, todos los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos, farmacológicos y todas las prácticas necesarias para una atención multidisciplinaria e integral de las enfermedades relacionadas con la obesidad se incluyen en la cobertura que deberán brindar todas las obras sociales y las empresas de medicina prepaga.

Los alcances
Antes de que saliera a la luz esta medida, varias de las prácticas que forman parte del tratamiento integral de la obesidad ya se encontraban incluidas en el PMO.

Si bien "las entidades privadas ya cubren gran parte de los trastornos alimentarios: controles de laboratorio, consultas con médicos especialistas en endocrinología y nutrición, psicólogos y dietólogas"; según señaló el presidente de la Asociación de Entidades de Medicina Privada (ADEMP) Pablo Giordano, lo que esta polémica resolución exige es que tanto el by-pass gástrico como la banda gástrica ajustable (BGA) estén comprendidos dentro la cobertura.

Claro que para poder someterse a estos procedimientos quirúrgicos el paciente deberá cumplir con ciertas condiciones:

    * Edad entre 21 a 65 años.

    * Indice de Masa Corporal mayor de CUARENTA (40) kg/m2.

    * Más de 5 años de padecimiento de obesidad no reductible demostrado mediante resumen de Historia Clínica.

    * Riesgo quirúrgico aceptable.

    * Haber intentado otros métodos no quirúrgicos para control de la obesidad bajo supervisión médica, por lo menos por 2 años sin éxito.

    * Aceptación y deseo del procedimiento.

    * No adicción a drogas ni alcohol evaluado por equipo multidisciplinario.

“Respecto a la cirugía, es el último paso luego de que cada paciente con sobrepeso haya cumplido por lo menos dos años de tratamiento médico, psicológico y nutricional sin interrupciones”, puntualizó el titular de la ADEMP.

¿Sube la cuota?
“El aumento nunca se debe a un sólo factor, aunque esta nueva normativa constituye un elemento importante”, observaron desde Obra Social de Empresarios (OSDE).

“Los otros que también afectan en el aumento de las cuotas son la incidencia salarial y la suba del dólar debido a que muchos insumos que se utilizan son importados”, agregaron.

Para Giordano, lo lamentable para toda entidad de cobertura de salud (obra social o medicina prepaga) “no es sólo la Ley de Obesidad, sino la permanente incorporación al PMO, desde 1997, de procedimientos, elementos biotecnológicos y fármacos sin que en ningún caso se acompañe de un estudio de costos y análisis de fuentes de financiamiento”.

La puesta en práctica de la reglamentación, firmada el lunes pasado, incidirá en el pago mensual, respondieron las fuentes consultadas.

“Las cuotas corren detrás de los aumentos de costos”, aclararon desde OSDE, e informaron que las subas de los últimos tiempos fueron para compensar los elevados insumos.

En ese sentido, el director de la ADEMP enfatizó: “La incorporación indiscriminada, sin la participación de un ente de evaluación de tecnología ni cálculo actuarial de costo, nos pone en la situación de no poder incorporar un sólo tratamiento o fármaco hasta que se revea y calcule el valor real de la canasta prestacional o el PMO en base a las posibilidades de financiamiento”.

Así, Federico Diaz Mathé, director ejecutivo de la Cámara de Instituciones Médicas Asistenciales (Cimara), dijo al momento de sancionarse la ley que con la incorporación de la obesidad al PMO se va a imponer una nueva carga que va a ser trasladada a la cuota.

“La medicina prepaga va a buscar mecanismos para financiar estos costos”, aclaró.

Colapso del sistema
La puesta en vigencia de la mencionada ley ya generó un sinfin de críticas por parte de los representantes del sector que afirman que la puesta en práctica de la misma pone en jaque a numerosas prestadoras.

“Tiran y tiran de la cuerda y en algún momento se va a romper”, advirtieron desde OSDE.

“La desaparición creciente en la última década de entidades de cobertura médica en todo el país está demostrando el colapso del sistema", señaló Giordano.

“La incorporación de tecnología, los amparos judiciales y la inflación que el cuidado de la salud lleva implícito en todo el mundo provocan el aumento de cuotas”, destacó Giordano, que, también, dirige Staff Médico.

Por su parte, desde OSDE informaron que cubren la operación de by pass gástrico como vía de excepción desde hace años aunque resaltaron que “no es un derecho adquirido sino un gesto de buena voluntad de la obra social para aquellos pacientes que lo hubieran solicitado y que cumplieran con determinadas condiciones”.

Otra de las fuertes polémicas que genera la resolución es que ninguna de estas intervenciones baja de los $25.000, según calcularon las distintas empresas de medicina prepaga.

En ese sentido, advirtieron que esta reglamentación pondrá, sin lugar a dudas, en serios aprietos a las empresas de medicina privada chicas.

Victoria Pérez Zabala
Fuente: Infobae Profesional

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mi mama es una persona super obesa pesa 169.700 kl estoy muy preocupada por su salud ella tiene PAMI mande un mail pero me dijeron q PAMI no cubre ningún tratamiento q recurra al medico de cabecera pero ella "sola" no puede incluso tratamos de obtener ayuda con el doctor cormillot en su clínica pero es muy caro el tratamiento por esto necesito saber como y donde puedo llevarla para q pueda tener una asistencia completa antes de q sea demasiado tarde desde ya muchas gracias

Queria consultarles que es lo que me recomiendan que haga ya que mi esposa quiere realizarse la intervención quirurgica pero mi obra social OSPATCA no lo cubre. Gracias

Mande mi carpeta con un tratamiento de 10 meses a la obra social y me la rechazaron por que me piden que haga por lo menos de 2 años el tratamiento... mi indice es de 40 desde los 9 años que soy obesa hoy tengo 35, hay que dar mas prueba que esto??? tengo insulino resistencia, tuve preeclampsia en mis embarazos, mi mama, papa y hermanos tienen problemas coronarios y diabetes, mi mama fallecio despues de luchar dos veces con un acv, ose tengo una carga genetica importante ... tengo que demostrar mas que esto??? si realmente pudiera bajar de peso no estaria buscando tratamientos. M e preparo el Dr MARCELO GUANGIROLI, a el no lo dejan operarme por que no es prestador, , no se que esperan que me haga inslulino dependiente? que sufra un infarto? que tenga un ACV? realmente SWISS MWDICAL una verguenza que le den tanta vuelta a los socios son peor que pami.

Hola yo tengo pami y allli no ponen tantas trabas, hay ya mucha gente operada y en tratamiento, tambien fue la primera obra social que hacia descuento en los farmacos para tratar la obesidad, la verdad que siempre la comparan con pami cuando esta ademas tiene cobertura de medicamentos al 100 x 100. No te equivoques al comprar!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

queria comentar que la obra social federada salud me rechazo un pedido de una operacion bariatrica,me argumentaron que la masa corporal era de 39,hace dos años,que actualmente es de 42,quiero agregar que soy afiliada hace 9 años,quisiera saber si alguien me podria asesorar,que hacer en estos casos,ya que soy obesa de los 7años,y si trendia que recurrir ala justicia.desde ya muchas gracias

soy de santa fe , en noviembre entre en el grupo para cirugia bariatrica en salta, mi pregunta es si la obra social tiene la obligacion de cubrirme los pasajes en cole para mi y un acompañante, ya que me sale muy caro. mi obra social es uom. gracias

Unión Personal no reconoce en su vademecum el Orlistat... qué se puede hacer?

mi papa ya realizo todo el tratamiendo para realizarse el pass gastrico, lo cual ya le dieron la fecha de cirugia, pero desde Federada Salud (rosario) no lo autorizan porque dicen q la historia clinica no es suficiente en la demostracion de tratamientos no redutibles....¿que se puede hacer al respecto?..gracias

estoy en tratamiento estoy en regla para operarme, mi tratamiento lo efectue en forma particular ya que mi obra social empezo con los tratamientos despues de haber salido la ley .Para eso yo ya estaba en tratamiento y ahora que estoy en condiciones para operarme la obra social no se niega pero ellos ponen el equipo cosa que yo no quiero ya mis medicos me dan toda la tranquilidad debido a que es una operacion compleja .L apregunta es puedo elegir a los profecionales que me vienen atendiendo hace mas de dos años gracias esperando que me contesten desde ya gracias

hola quisiera conectarme con vos ya que mi caso es casi igual al tuyo, quiero saber si lo pudiste resolver,

mi mama fue rechazada de BRITANICA SALUD(prepaga del hospital britanicode rosario) por sindrome metabolico,cuando pregunte el signica me respondieron que por el peso (mide 1.60 y pesa 104kg) que no importa que en la actualidad con 56 años no tenga problemas sino que en el futuro es una provable paciente en riesgo por las consecuencias que acarrea la gordura ; mi pregunta es : ¿puede una prepaga no afiliar por esta razon? si alguien me quiero acesorar ,muchas gracias

Las pre pagas no tiene obligaciones de afiliar , excepto en casos que traspasen afiliados de Obra Social con la cual tengan una alianza de gestión . En ese caso, en realidad la obligada es la Obra Social, más alla que esa filial este gerenciada por una pre paga . De igual manera las personas no tienen obligacion de afiliarse a una pre paga .Dr De Michele Enrique . Director www.elmedicoauditor.com.ar

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